Reglamento Interno de Trabajo
Se recomienda el establecimiento de un Reglamento Interno de Trabajo, para normar las relaciones internas entre la empresa y sus trabajadores, con ocasión o por consecuencia del trabajo, de conformidad con lo prescrito en los artículos 66, 67 y 68 del Código de Trabajo; 29 inciso e) y 31 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; y lo establecido en el Decreto Nº 4 del 26 de Abril de 1966 y sus reformas, Reglamento sobre las Normas Internas, Reguladoras de las Relaciones y Condiciones Laborales, en los Centros de Trabajo.
Considerando lo anterior la Consultora ha desarrollado un Proyecto de Reglamento Interno de Trabajo, el cual sería sometido a consideración de la Alta Gerencia y de una Comisión nombrado por los propios colaboradores de la compañía, asegurándose así, que cuando el mismo sea sometido al Ministerio de Trabajo, exista consenso en la empresa y sea más ágil su aprobación.
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